Movimientos Interempresariales

LEY 14/2013 TRASLADO INTEREMPRESARIAL

VISADO DE RESIDENCIA POR TRASLADO INTRAEMPRESARIAL:

Para aquellos extranjeros que se desplacen a España en el marco de una relación laboral, profesional o por motivos de formación profesional, con una empresa o grupo de empresas establecida en España o en otro país.

Visado de residencia por traslado interempresarial

¿Quién puede pedir este visado?


Aquellos extranjeros que se desplacen a España en el marco de una relación laboral, profesional o por motivos de formación profesional, con una empresa o grupo de empresas establecida en España o en otro país.


Además de los requisitos generales inicialmente relacionados, se deberá acreditar:

La existencia de una actividad empresarial real y, en su caso, la del grupo empresarial.

Una titulación superior o equivalente o, en su caso, experiencia mínima profesional de 3 años.

La existencia de una relación laboral o profesional, previa y continuada, de 3 meses con una o varias empresas del grupo.

Documentación de la empresa que acredite el traslado.

Como característica principal del tipo de autorizaciones o visados recogidos en esta nueva Ley, es importante resaltar que aquellas que comprendan una actividad laboral no estarán condicionadas por la SITUACIÓN NACIONAL DE EMPLEO.



*NOTA IMPORTANTE:


Las misiones u oficinas consulares españolas podrán requerir durante la tramitación del procedimiento cualquier otro documento que consideren oportuno, en aras de justificar la resolución que ponga fin al mismo. Los extranjeros deberán mantener durante la vigencia de los visados o autorizaciones las condiciones que les dieron acceso a los mismos. 


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