Visado de Residencia no Lucrativa

VISADO DE RESIDENCIA

NO LUCRATIVA

El visado de residencia no lucrativa habilita para residir en España:


- A ciudadanos no europeos con su familia

- Con medios económicos suficientes

- Sin ejercer actividad laboral o profesional

- Por un periodo superior a 90 días

- Con obligación de estar 6 meses y un día a lo largo del año (no consecutivos).

El procedimiento legal suele tardar de principio a fin, aproximadamente entre 5 o 6 meses (pudiendo llegar a ser menos). En los casos en los que el visado es denegado, se puede presentar un recurso.


El procedimiento para conseguir este permiso de residencia se divide en dos partes: la solicitud del visado inicial en el país de origen o allí donde se tenga la residencia legal. Seguidamente la obtención de la tarjeta de residencia una vez se llegue a España, en el tiempo máximo que marque el visado.

La primera tarjeta es de 1 año, pudiendo renovar la misma posteriormente 2 años más, más otros 2 años hasta que pasados estos 5 años, se solicita la tarjeta de residencia de larga duración.

Al año, puede tramitar la solicitud de modificación a Residencia Lucrativa, pudiendo tener así la opción de trabajar, si así se desea.

¿Para quien es el visado?

> Para todas las personas que quieran retirarse en España.

> Para ciudadanos de fuera de la UE

> Para aquellas personas que tienen intención de pasar un primer año viviendo en España sin trabajar, y poder después conseguir un permiso de trabajo


¿Qué documentos son necesarios?

> Pasaporte y copia del mismo

> Copia del certificado de nacimiento

> Seguro médico. Será fundamental que esté contratado con una empresa privada que únicamente opere en España. 

> Prueba de fondos (mínimo 26.000€ por solicitante)

> Antecedentes penales

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